El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
Revocando la condena de 12 años de prisión domiciliaria que dictó la jueza Sandra Heredia del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.
La decisión del alto tribunal también extiende la absolución a los episodios relacionados con los testigos Carlos Enrique Vélez y Eurídice Cortés Velasco, alias “Diana”.
Y contiene un duro reproche a la jueza de primera instancia por errores en la valoración de las pruebas y por haber incurrido en interpretaciones consideradas “falaces y metodológicamente defectuosas”.
Duro pronunciamiento del magistrado Merchán
Durante la lectura de la sentencia, el magistrado Manuel Antonio Merchán, en nombre de la Sala Penal del Tribunal, afirmó que la decisión de primera instancia carecía de rigor probatorio y presentaba falacias interpretativas.
El fallo añadió que “la sentencia incurrió en error al asumir que el interés del acusado en obtener pruebas lícitas equivalía a dolo determinador, interpretando falazmente recomendaciones de decir siempre la verdad como encargo ilícito sin evidencia”.
Revocatoria de la condena y absolución
Tras revisar las pruebas y la valoración efectuada en primera instancia, el Tribunal concluyó que no se acreditó responsabilidad más allá de toda duda razonable, motivo por el cual revocó la condena impuesta a Álvaro Uribe Vélez.
“La sentencia de primera instancia incurrió en errores metodológicos, falacias interpretativas y valoración sesgada de pruebas al construir inferencias sobre subordinación funcional y dolo sin respaldo objetivo”, dijo el magistrado Merchán al leer la parte resolutiva del fallo.
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El Tribunal señaló además que las inferencias sobre una supuesta subordinación funcional entre el expresidente y el abogado Diego Cadena carecen de fundamento, y que la actuación de Uribe se enmarcó en la búsqueda de pruebas lícitas, no en la inducción a testigos para faltar a la verdad.
Con información de Globovisión
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