El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha publicado los instructivos destinados a la Coordinación del Acto de Votación en Representaciones Diplomáticas o Consulados.
Esto con el propósito de capacitar a los comisionados electorales responsables de organizar el proceso de votación en el extranjero.
Estos instructivos se dividen en dos versiones, una orientada a Representaciones Diplomáticas o Consulares con hasta diez electores, y otra para aquellas con más de diez electores.
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El objetivo principal de los instructivos del CNE es asegurar que los venezolanos inscritos en el Registro Electoral, que residen legalmente fuera de Venezuela, puedan ejercer su derecho al voto de manera libre, universal, directa y secreta.
Algunas de las consideraciones generales resaltadas en ambos instructivos son:
- Solo tendrán derecho a vo
- El proceso electoral en el extranjero se ajustará según la cantidad de electores inscritos en el Registro Electoral y presentes en el cuaderno de votación.
- Se aprobará la cédula de identidad laminada, incluso si está vencida, como único documento válido para votar.
- El Acto de Votación en el extranjero se realizará mediante el Sistema Manual de Votación.
- Ningún miembro del equipo podrá negar el derecho al voto a aquellas personas inscritas en el cuaderno de votación.
- Serán sancionados los funcionarios electorales que se nieguen a permitir la votación de electores con derecho a sufragar según la ley.
- El proceso de votación se llevará a cabo de manera continua desde las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde, hora local.
- La hora de cierre del Acto de Votación será a las 6:00 de la tarde, hora local, excepto si hay electores en espera en la cola para ejercer su voto.
Con información de Últimas Noticias
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