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martes, noviembre 19, 2024

Las cooperativas quedan exoneradas del pago del ISLR por un año


Mediante el Decreto Presidencial Nº 4.976, difundido a través de la Gaceta Oficial número 42.939, se eximió del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos por Asociaciones Cooperativas conformadas de acuerdo con las disposiciones del Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas.

La regulación, con fecha del 12 de agosto de 2024, especifica que las Asociaciones Cooperativas deben actualizar el Registro Único de Información Fiscal, trámite para el cual necesitarán presentar el Certificado de Cumplimiento vigente emitido por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

Además, se aplicarán las normas contempladas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Impuesto Sobre la Renta en lo referente a los ingresos, costos y deducciones de los enriquecimientos gravables.

La exoneración otorgada por este decreto tendrá una duración de un año a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial, con la posibilidad de ser prorrogada por un período adicional igual al mencionado.

Puedes leer: Creado Consejo Nacional de Ciberseguridad, decreto en Gaceta

La normativa señala que durante el periodo de vigencia de la exoneración, las pérdidas derivadas de la actividad eximida no podrán imputarse en ningún ejercicio fiscal a los enriquecimientos generados por la actividad gravada con el ISLR.

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