Edwin Palma, ministro de Minas y Energía en Colombia, reaccionó en su cuenta de X sobre el reciente anuncio del Departamento del Tesoro de Estados Unidos de la habilitación de transacciones con el gobierno de Venezuela y PDVSA, vinculadas a la exploración, el desarrollo y la producción de petróleo y gas, bajo condiciones estrictas de cumplimiento.
«Con licencia Ofac, como alguna vez lo dijimos, empezaremos diálogos con Venezuela para traer gas barato y rápido a nuestro país, como lo mencionó hoy el presidente Gustavo Petro”.
La licencia busca permitir actividades operativas específicas en el sector energético venezolano, canalizándolas por vías legales, supervisadas y bajo jurisdicción estadounidense, sin levantar las sanciones estructurales vigentes.
La autorización aplica incluso cuando las operaciones involucren al gobierno de Venezuela, PDVSA o entidades donde PDVSA tenga participación mayoritaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos, explicó la Cámara de Comercio Colombo Americana, AmCham Colombia.
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Oxígeno importante
Esta licencia autoriza transacciones “ordinariamente incidentales y necesarias” para suministrar desde Estados Unidos —o por personas estadounidenses— bienes, tecnología, software o servicios destinados a la exploración, desarrollo o producción de petróleo y gas en Venezuela, reseñó Semana.
Incluye procesamiento de pagos, servicios de logística y transporte (incluido flete de buques), seguros marítimos y cobertura P&I, servicios portuarios y terminales, y mantenimiento, reparación y reacondicionamiento de equipos para operaciones petroleras o gasíferas.
Aclaratoria importante
Para que las transacciones estén autorizadas, los contratos con el gobierno de Venezuela o PDVSA deben establecer que se rigen por leyes de Estados Unidos y que cualquier disputa se resolverá en territorio estadounidense.
También que los pagos a personas bloqueadas (salvo impuestos o tasas locales) deben realizarse a través de cuentas designadas por el Tesoro estadounidense.
Además, las empresas deberán presentar reportes detallados dentro de los diez días posteriores a la primera transacción y luego cada 90 días, incluyendo información sobre partes involucradas, bienes, valores y pagos efectuados.
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