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jueves, noviembre 21, 2024

Pago pensión IVSS junio: esta es la fecha probable y monto

Según lo establece la ley, el pago de pensión del IVSS está anclado al salario mínimo oficial.


Cada mes los pensionados se hacen la misma pregunta: cuándo se hace el pago de la pensión del IVSS del mes de junio 2023? En la siguiente nota, revisa la fecha y de cuánto es el monto para el próximo desembolso.

A través de sus redes sociales sobre noticias del IVSS hoy, se informa a todos los pensionados sobre las fechas de pago mensualmente.

De allí que se anuncie que según el cronograma de pago de pensión 2023, la fecha de pago sería el próximo viernes 19 de mayo.

Aunque hasta ahora no hay un pronunciamiento oficial del gobierno nacional.

Puedes leer: INICIA ENTREGA DEL MEGABONO A EMPLEADOS PÚBLICOS

¿De cuánto es el pago de la pensión del IVSS de junio?

Según lo establece la ley, el monto de la pensión está anclado al salario mínimo oficial.

En Venezuela, el salario mínimo en Venezuela establecido desde el 15 de marzo de 2022 se estableció en 130 bolívares, por lo que este el monto a depositar a los pensionados.

Si convertimos la cifra a dólares, su valor es de 5,13 dólares, según el tipo de cambio del día del Banco Central de Venezuela (BCV).

Fecha de pago de pensiones del seguro social

  • MAYO 2023: 21-04-2023 130 Bs.
  • ABRIL 2023: 21-03-2023 130 Bs.
  • MARZO 2023: 17-02-2023 130 Bs.
  • FEBRERO 2023: 23-01-2023 130 Bs.
  • ENERO 2023: 20-12-2022 130 Bs.

¿Cómo obtener en el IVSS pensión?

Los conceptos por los cuales una persona puede ser pensionado, es decir, acceder al pago de por vida que establece la Ley del Seguro Social son: vejez, sobreviviente, invalidez o incapacidad.

Aquí te comentamos los aspectos que debes cumplir en cada caso:

  • Pensión por Vejez (la causa más común en el país), a este acceden quienes después de haber cumplido la edad (mujeres 55 años, hombres: 60 años) y con un mínimo de 750 cotizaciones acreditadas.

Para ello, consigna ante las oficinas del IVSS de su localidad, cédula de identidad, la forma 14-02 y la 14-100 (y en caso de que la empresa ya no exista la forma 14-205).

  • Pensión por Sobreviviente, tendrá derecho aquella persona (cónyuge y/o hijos que le sobreviva a un beneficiario de pensión por vejez o invalidez.

Para lo cual deberá consignar una lista de requisitos que para ello dispone el IVSS en su página web.

  • En el caso de pensión por Invalidez, la perciben asegurados que hayan perdido su capacidad para trabajar en una proporción de más de dos tercios. Bien sea por accidente o enfermedad y de la cual se presuma que sea de larga duración o permanente.
  • Similar es la pensión por incapacidad, a esta acceden los asegurados que hayan perdido su capacidad para trabajar en proporciones que varían entre el 25% y las dos terceras partes.

Laura Arismendi
El periodismo...mi forma de vida.

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