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miércoles, octubre 30, 2024

Piden restitución de libre circulación binacional desde Maicao

Verifican el Plan de Desarrollo Nacional que establece que la libre circulación de los vehículos venezolanos en Colombia la limitaron mediante la Ley 1955 de 2019.


El director de Tránsito del municipio Maicao en Colombia, David Palma, pidió a las autoridades de Colombia y Venezuela que se restituyan los tratados internacionales para la circulación libre de los ciudadanos venezolanos y colombianos entre ambos países.

Palma informó a Radio Fe y Alegría Noticias que están verificando el Plan de Desarrollo Nacional en el que la libre circulación de los vehículos venezolanos en Colombia la limitaron mediante la Ley 1955 de 2019.

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La ley “establecía que los automóviles (venezolanos) debían ser registrados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo para la libre circulación por el territorio colombiano”, recordó el director de Tránsito de Maicao.

Aseguró que esos vehículos no podían superar el año de ensamblaje 2016, además de que tenían que estar en Colombia desde el 19 de agosto de 2015.

“Con los nuevos tratados de hermandad, que nunca debieron romperse entre Colombia y Venezuela, deben retomarse los tratados internacionales para la reivindicación de los derechos tanto de los ciudadanos colombianos, como de los venezolanos”, expresó.

Agregó que lo ideal sería que la persona pueda trasladarse entre los dos países portando el documento del seguro del automóvil y la tecnomecánica.

Requisitos actuales

De acuerdo con una nota publicada en el portal web de Migración Colombia el 30 de diciembre de 2022, los vehículos particulares venezolanos que quieran ingresar a territorio colombiano deberán acreditar el título de propiedad o documento de la autoridad venezolana que acredite la propiedad; el SOAT o póliza de seguro equivalente, con las mismas características de amparo y cobertura; las placas identificadoras del país de origen y estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

Indica también que, si el vehículo ingresa por un período igual o superior a tres meses, deberá contar con la revisión tecnomecánica.A sus conductores se les exigirá la licencia de conducción autorizada por la autoridad competente; así como el pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela o cédula de identidad venezolana, o Permiso Especial de Permanencia (PEP), o Permiso por Protección Temporal (PPT), o Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF) u otro, según requiera la autoridad migratoria.

Deberán tener documento de propiedad

Para que puedan ingresar vehículos colombianos a Venezuela, las autoridades venezolanas exigirán documento de propiedad emitido por autoridad competente a nombre del conductor; póliza de seguro de responsabilidad civil que tenga cobertura en territorio venezolano; placas identificadoras del país de origen y óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

A los conductores colombianos les exigirán la licencia emitida por autoridad competente y el documento de identidad o pasaporte emitido por autoridades colombianas.

En el caso de vehículos de transporte de carga, además de las pólizas y los certificados de condiciones mecánicas y de seguridad óptimas, la autoridad de frontera les exigirá el certificado o documento de idoneidad otorgado a la empresa y permiso de prestación de servicios o permiso complementario de prestación de servicios para carga.

Si se trata de transporte de pasajeros se exigirá el permiso originario de prestación de servicios para pasajeros y permiso complementario de prestación de servicios para pasajeros, así como los demás de carácter sanitario, migratorio y aduanero que exijan las autoridades competentes.

Con información de Tal Cual

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