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domingo, abril 28, 2024

Preocupa a la SIP auge de proyectos anti libertad de prensa en República Dominicana

Una reforma al Código Penal dominicano sanciona con prisión las ofensas en contra del presidente, ministros, legisladores y representantes diplomáticos.


Una reforma al Código Penal dominicano sanciona con prisión las ofensas en contra del presidente, ministros, legisladores incluso en el ciberespacio, y sobreprotegen a los dirigentes ante las críticas. Todo ello genera un efecto de inhibición para la libertad de prensa y la labor periodística.

La medida es contraria a los estándares internacionales que promueven eliminar el delito de desacato para evitar privilegios de las autoridades por sobre los ciudadanos. El desacato, eliminado en muchos países latinoamericanos, también está contemplado en la Ley 6.132 sobre Libertad de Expresión y Difusión del Pensamiento.

Por otro lado, el gobierno del presidente Luis Abinader presentó el 14 de junio al Congreso un proyecto de ley contra la ciberdelincuencia, que reemplazará la Ley 5.307 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, en vigencia. El nuevo proyecto aumenta de uno a cuatro años la pena de cárcel por difamación y mantiene el delito de injuria con una multa de 500 sala­rios mínimos, sin cárcel. El proyecto obliga a los proveedores de servicios que eliminen material considerado discriminatorio en 24 horas, para evitar multas.

El presidente de la SIP, Jorge Canahuati, expresó: «Vemos con preocupación que República Dominicana esté virando en posición contraria a la libertad de prensa». Canahuati, presidente del Grupo OPSA, de Honduras, agregó que estas son épocas para descriminalizar los delitos de difamación cuando se refieren a personas públicas y para eliminar los privilegios de los poderosos, no para potenciarlos, como bien lo hicieron en República Dominicana años atrás.

De esa forma, Canahuati hizo referencia al beneplácito que expresó la SIP en 2016 por una sentencia del Tribunal Constitucional que anuló siete artículos de la Ley 6.132 de 1962, que criminalizaban los delitos de difamación e injurias en casos de interés público. La Corte consideró que eran violatorios del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre libertad de expresión.

Aquella sentencia respondió a un recurso de inconstitucionalidad presentado en febrero de 2013 por los directores de los periódicos El DíaListín Diario y El Caribe, y por la Fundación Prensa y Derecho. Demandaron la eliminación de 11 artículos de la ley que criminalizaban la labor periodística y de otros cinco del Código Penal que establecían castigos penales por los llamados delitos de palabra.

in embargo, ante la descriminalización parcial de los delitos de difamación, la SIP había manifestado su esperanza de que se eliminara del Código Penal el castigo carcelario contra los periodistas, y que también se lo hiciera de otras partes de la Ley 6.132. La entidad también había solicitado que se cumpliera con «criterios de racionalidad y proporcionalidad» en materia de sanciones civiles, ya que en muchos casos estas podrían convertirse en serias limitaciones para los medios.

Riesgos

El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Carlos Jornet, director periodístico de La Voz del Interior, de Argentina, dijo: «Será importante que las autoridades dominicanas traten de adaptar la legislación nacional a los criterios de la jurisprudencia interamericana». Añadió que «legislar a ciegas conlleva el riesgo de que se retroceda décadas y se caiga en los autoritarismos del pasado, siempre dispuestos a cercenar la libertad de prensa y la labor independiente y crítica de los medios y periodistas».

Con información de: El Nacional

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