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martes, diciembre 10, 2024

Rafael Correa califica de “ilegal” la disolución del Parlamento en Ecuador

El exmandatario ecuatoriano Rafael Correa calificó de “ilegal” el decreto de Lasso de disolución del Parlamento.


Minutos después que el presidente ecuatoriano, Guillermo Lasso, disolviera el Parlamento, el el exmandatario Rafael Correa calificó de “ilegal” la acción.

Lasso decretó la “muerte cruzada“, y con ello disolvió el Parlamento y convocó a elecciones legislativas y presidenciales.

Puedes leer: Presidente de Ecuador Lasso disolvió la Asamblea Nacional

En un trino, Correa catalogó la decisión de “ilegal” y afirmó que “obviamente no hay ninguna conmoción interna”, como argumentó el mandatario. “En todo caso, es la gran oportunidad para mandar a la casa a Lasso, su Gobierno y sus legisladores de alquiler”, agregó.

Muerte cruzada

Este miércoles, el presidente ecuatoriano decretó la “muerte cruzada”, contemplada en el artículo 148 de la Carta Magna, que faculta al mandatario disolver la Asamblea Nacional. Lasso argumentó que esta medida la tomó porque existe una “grave crisis política y conmoción interna”.

En su discurso en cadena nacional, Lasso agregó que “no es posible avanzar” con una Asamblea “que tiene como proyecto político la desestabilización del Gobierno, de la democracia y del Estado”.

En su opinión, el juicio político en su contra que se desarrollaba en el Parlamento, por el presunto delito de peculado. Es una estrategia de sus opositores para “tomarse la presidencia de la República” y no para luchar contra la corrupción.

Al respecto, Correa recordó que el juicio político contra Lasso era “en aplicación de la Constitución”.

Según el artículo 129 de la Carta Fundamental, la Asamblea Nacional puede proceder al enjuiciamiento político del presidente o vicepresidente. Por delitos contra la seguridad del Estado; concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito. Además por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia.

¿Qué dice la Carta Magna?

Según la Constitución, el presidente puede disolver la Asamblea Nacional cuando, en su criterio. El Parlamento “se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional”.

Del mismo modo, está contemplada esta medida, si la Asamblea, “de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo”. O si existe una “grave crisis política y conmoción interna”.

Lasso informó que solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) “la convocatoria inmediata a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos”. La institución tiene un plazo de siete días para hacer el anuncio.

Con información de RT

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