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martes, enero 14, 2025

Seniat | Pagos de impuestos en Venezuela tienen fecha


Se ha publicado en la Gaceta Oficial No. 43.031 la Providencia Administrativa que detalla el calendario de obligaciones tributarias, o pago de impuestos en Venezuela, para los Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención durante el año 2025.

De acuerdo con la actualización de Tax Alert proporcionada por EY Venezuela, esta nueva reglamentación engloba diversos impuestos que los Sujetos Pasivos Especiales deberán declarar y abonar. Se menciona el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Sobre la Renta (ISLR), el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), y el Impuesto a las Actividades de Juego.

Así deben pagarse los impuestos en Venezuela

Los pagos fiscales se planificarán según el último dígito del Registro de Información Fiscal (RIF) de cada contribuyente, con plazos establecidos en el texto oficial publicado en el portal Banca y Negocios.

Asimismo, la regulación contempla el cronograma para el Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP) y las declaraciones de ingresos de Servicios Desconcentrados. El detalle completo puede ser consultado en el calendario correspondiente.

En específico, los Sujetos Pasivos Especiales integrantes del ámbito minero o de hidrocarburos, excluidos de percepciones de regalías, deberán presentar sus declaraciones y efectuar los pagos del IVA de forma mensual. Por otro lado, aquellos dedicados a actividades exentas tendrán que presentar una declaración informativa del IVA cada trimestre.

Con respecto a la Autoliquidación Anual del ISLR, los contribuyentes tendrán la responsabilidad de cumplir con fechas específicas para la presentación y la cancelación, siguiendo un calendario que abarca plazos de 20 y 40 días posteriores al vencimiento inicial.

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En relación a los contribuyentes ejerciendo labores mineras y receptores de regalías, se les requerirá presentar una declaración anticipada de ingresos en un plazo de 45 días tras el cierre del ejercicio fiscal. Es primordial cumplir con todos los pagos y declaraciones no específicamente mencionados en la Providencia de acuerdo con las disposiciones legales vigentes para evitar posibles sanciones.

Con información de 2001/Banca y Negocios

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