Magistrada recuerda que delitos contra niños no tienen beneficios procesales

En sentencia de la Sala Constitucional del máximo tribunal califica los hechos de violencia contra los niños como “delitos atroces” y por ende no tendrán beneficios.


Los delitos vinculados con violencia de género y contra niños, niñas y adolescentes no se les otorga beneficios procesales ni fórmulas alternativas de cumplimiento de pena.

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Así lo recordó la magistrada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Tania D´Amelio Cardiet, este miércoles 26 de octubre en su cuenta de la red social Twitter.

“Sentencia N° 91 del 15/03/2017 | La Sala Constitucional estableció que no podrán otorgarse beneficios procesales ni fórmulas alternativas de cumplimiento de pena en el juzgamiento de algunos delitos vinculados con violencia de género y contra niños, niñas y adolescentes”, indicó.

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Igualmente añadió que “la Sala Constitucional califica esos hechos punibles como «Delitos Atroces» que ocasionan un alto impacto social y constituyen graves violaciones a los derechos humanos alcanzando un nivel elevado de reproche dentro del mundo jurídico.

Con información de 2001

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