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sábado, noviembre 2, 2024

Magistrada recuerda que delitos contra niños no tienen beneficios procesales

En sentencia de la Sala Constitucional del máximo tribunal califica los hechos de violencia contra los niños como “delitos atroces” y por ende no tendrán beneficios.


Los delitos vinculados con violencia de género y contra niños, niñas y adolescentes no se les otorga beneficios procesales ni fórmulas alternativas de cumplimiento de pena.

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Así lo recordó la magistrada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Tania D´Amelio Cardiet, este miércoles 26 de octubre en su cuenta de la red social Twitter.

“Sentencia N° 91 del 15/03/2017 | La Sala Constitucional estableció que no podrán otorgarse beneficios procesales ni fórmulas alternativas de cumplimiento de pena en el juzgamiento de algunos delitos vinculados con violencia de género y contra niños, niñas y adolescentes”, indicó.

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Igualmente añadió que “la Sala Constitucional califica esos hechos punibles como “Delitos Atroces” que ocasionan un alto impacto social y constituyen graves violaciones a los derechos humanos alcanzando un nivel elevado de reproche dentro del mundo jurídico.

Con información de 2001

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