La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) emitió una circular en que mantiene la flexibilización de los requisitos para la apertura de cuentas por personas naturales.
Para poder abrir este tipo de cuenta, los requisitos que deberán recabar las instituciones bancarias del país son la cédula de identidad laminada legible del solicitante, vigente o vencida.
Además de la dirección del titular o pasaporte en el caso de ser extranjero.
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La institución precisó que las cuentas de ahorro y corriente para personas naturales nivel 1 podrán movilizar mensualmente hasta la cantidad de 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela.
En el caso del tipo 2, que movilizan mensualmente más 700 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el BCV, deben consignar además de los requisitos anteriores:
El registro único de información fiscal (RIF), una constancia de trabajo si está bajo dependencia laboral o una certificación de ingresos si es independiente.
Con información de Últimas Noticias
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